Por unanimidad de votos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la prohibición para fumar en locales cerrados de acceso público en la Ciudad de México, establecida en la Ley de Protección a los no Fumadores del Distrito Federal
(Vanguardia): MÉXICO, D.F.- En la sesión de ayer, el pleno respaldó el proyecto del ministro José Ramón Cossío, que niega el primero de seis amparos promovidos por cadenas de restaurantes y hoteles contra la prohibición, pero quedó pendiente la votación definitiva, que se formalizará en la sesión de hoy martes con los cinco recursos legales restantes.
El pleno rechazó los argumentos del demandante, en el sentido de que la prohibición viola garantías como la libertad de trabajo, no discriminación de los fumadores y los propietarios de establecimientos y derecho de propiedad.
En el debate, los ministros coincidieron en que la disposición no prohíbe a las personas fumar, sino que fija las reglas para hacerlo y que es una medida proporcional y adecuada para combatir el grave problema de salud pública que constituye el tabaquismo, además de que tampoco impide a las empresas continuar con sus actividades.
El pleno desestimó también el argumento de que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) carece de facultades para legislar en materia de tabaco, por ser una competencia exclusiva del Congreso de la Unión, que expidió Ley General para Control del Tabaco, la cual prevé la existencia de zonas de fumadores dentro de los establecimientos mercantiles.
(Vanguardia): MÉXICO, D.F.- En la sesión de ayer, el pleno respaldó el proyecto del ministro José Ramón Cossío, que niega el primero de seis amparos promovidos por cadenas de restaurantes y hoteles contra la prohibición, pero quedó pendiente la votación definitiva, que se formalizará en la sesión de hoy martes con los cinco recursos legales restantes.
El pleno rechazó los argumentos del demandante, en el sentido de que la prohibición viola garantías como la libertad de trabajo, no discriminación de los fumadores y los propietarios de establecimientos y derecho de propiedad.
En el debate, los ministros coincidieron en que la disposición no prohíbe a las personas fumar, sino que fija las reglas para hacerlo y que es una medida proporcional y adecuada para combatir el grave problema de salud pública que constituye el tabaquismo, además de que tampoco impide a las empresas continuar con sus actividades.
El pleno desestimó también el argumento de que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) carece de facultades para legislar en materia de tabaco, por ser una competencia exclusiva del Congreso de la Unión, que expidió Ley General para Control del Tabaco, la cual prevé la existencia de zonas de fumadores dentro de los establecimientos mercantiles.
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